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Resoluciones Ejecutivas año 2023

Art. 1.- Declarar como día de descanso obligatorio el lunes 16 de enero de 2023, al conmemorarse el día domingo 15 de enero de 2023, el trigésimo primer aniversario de emancipación política y de cantonización de Pedro Vicente Maldonado, de conformidad con la normativa vigente.

Art. 2.- Comunicar que el día domingo 15 de enero de 2023, a las 10h00 se llevará a cabo el desfile cívico cultural en la Av.29 de junio y a las 13h00 la sesión conmemorativa en el coliseo municipal, con la participación activa de la comunidad Pedrovicentina.

Art. 3.- Disponer a la Dirección de Responsabilidad Social, Cultura, Comunicación y Deporte, informar sobre lo resuelto a todas las entidades públicas y ciudadanía en general, a través de los medios de comunicación y difusión masiva.

Artículo l.- Aprobar la reforma al proyecto de reforma al estatuto orgánico por procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Pedro Vicente Maldonado.

Art. 1.- DELEGAR al Secretario General del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, quien será el responsable de atender la información pública en la institución y por tanto del cumplimiento de lo previsto en la Resolución de la Defensoría del Pueblo No. 007-DPE-CGAJ.

ART. 2.- CONFORMAR el Comité de Transparencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, que estarán integrados por los y las titulares de las Unidades Poseedoras de la Información, con el fin de dar cumplimiento lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Art. 3.- El Comité de Transparencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, tendrá bajo su responsabilidad la recopilación, revisión y análisis de la información, la aprobación y autorización para publicar dicha Información en los link de transparencia de los sitios web institucionales y Ia elaboración y presentación del informe anual a la Defensoría del Pueblo, sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública.

Art. 4.- La presente designación tendrá vigencia desde su suscripción hasta nueva disposición de alcaldía, dentro de las instancias legales y administrativas respectivas.

Art. 5.- Por Secretaría General, comuníquese la presente resolución a los departamentos pertinentes de la institución municipal para que surta los efectos de ley y administrativos pertinentes.

 
 
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